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Puerto Madryn: va a juicio la causa por tráfico de 380 kilos de cocaína a España

La Justicia elevó a juicio la causa por tráfico de 380 kilogramos de cocaína a España. La droga oculta en un cargamento de mármol fue descubierta en el puerto español de Valencia. Una empresa con sede en Trelew aparece comprometida.

«El caso había puesto al descubierto la falla en los controles aduaneros y el ingenio de las organizaciones narcocriminales para ocultar la droga: 380 kilogramos de cocaína, por un valor de 15.000.000 de euros, camuflados en baldosones de mármol travertino pulido, que salieron del puerto de la ciudad de Buenos Aires y fueron descubiertos en Valencia, España. Dos años después del contrabando, tres personas estarán sentadas en el banquillo de los acusados», informó en su edición de ayer el diario La Nación.

El caso fue descubierto en febrero de 2014 y estuvo al frente de la causa el juez en lo penal económico Juan Galván Greenway, y actuaron la fiscal del mismo fuero María Gabriel Ruiz Morales. Ya fue elevada a juicio oral y público.

Los tres acusados que llegan a juicio por el contrabando de los 380 kilogramos de cocaína son el por entonces presidente de la compañía exportadora del mármol travertino, Alfredo Ferrucci, de 63 años, y los hijos de su mujer, María Inés y Augusto Cascelli, de 36 y 26 años.

También va a juicio oral y público la empresa United Stone, como persona jurídica. La firma tiene sede en Puerto Madryn, Chubut, y que se preciaba de haber participado en las tareas de refacción de la Casa Rosada y la Basílica de Luján durante los últimos años.

El expediente recayó en el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) Nº 1 y el Ministerio Público estará representado por la doctora Marta Benavente, informó el diario porteño.

La causa estuvo delegada en la fiscal Ruiz Morales y contó con la colaboración de la Superintendencia de Drogas Peligrosas, que en ese momento estaba al mando del hoy jefe de la Policía Federal, comisario general Néstor Roncaglia. Ferrucci y United Stone, cabe recordar, van a juicio como coautores del contrabando. Los otros dos acusados, como partícipes necesarios.

SIGUEN INVESTIGANDO

Aunque la causa por tráfico de drogas ya está en el tribunal oral, la investigación no terminó. De hecho la fiscal Ruiz Morales apeló el sobreseimiento que recibieron los aduaneros que tuvieron a su cargo el control de la carga a exportar.

Los aduaneros habían sido procesados en un primer momento por el juez Galván Greenway, pero la Sala A de la Cámara en lo Penal Económico, integrada por Nicanor Repetto, Edmundo Hendler y Juan Carlos Bonzón, revocó la resolución del juez de primera instancia.

Después del fallo del tribunal de alzada se ordenaron nuevas medidas de prueba, que fueron llevadas adelante por la fiscal Ruiz Morales, que tenía delegada la investigación.

El juez Galván Greenway sobreseyó a los dos aduaneros, imputados de un delito culposo.

La fiscal Ruiz Morales apeló la resolución. Sostuvo, según fuentes judiciales, que «se encuentra por demás probado con el grado de certeza exigida para esta instancia preliminar de instrucción el actuar manifiestamente negligente de los imputados en el cumplimiento de sus funciones».

«Es dable destacar que esta representación del Ministerio Público Fiscal coincide con el juez en cuanto a que no quedan medidas pendientes de producción o nuevas por realizar, agregando que, de existir eventualmente adicionales, éstas resultarían sobreabundantes para esta etapa preliminar instructora en la que los elementos reunidos evidencian una probabilidad positiva suficiente como para superar esta instancia procesal y permitir que los aquí imputados ejerzan adecuadamente su derecho de defensa en juicio en la oportunidad especialmente habilitada para tal fin: juicio oral y público», afirmó la fiscal en su dictamen.

Y agregó: «Los elementos reunidos en modo alguno permiten tener por configurada la certeza positiva sobre la ajenidad de los imputados en el hecho investigado, de modo que la solución de mérito recurrida no se ajusta a derecho. En este sentido, contrariamente a lo sostenido por el magistrado y a lo señalado por la alzada, los elementos probatorios resultan suficientes para endilgarles responsabilidad penal por la deficiente intervención que desarrollaron durante la tramitación de la operación aduanera que permitió, en función de su actuar negligente, la consumación del delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización».

Fuente: El Chubut