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Esta semana se define la lista de estatales que intimarán a jubilarse

El decreto de Arcioni da plazo hasta el viernes para que las áreas de Personal conformen la nómina.

Mediante el decreto Nº 619, el gobernador Mariano Arcioni ordenó que la Dirección General de Personal o el área similar competente en cada organismo estatal deberá esta semana terminar de confeccionar la lista de empleados públicos en condiciones de adherir al beneficio de la jubilación ordinaria y que no hayan iniciado el trámite ante el Instituto de Seguridad Social y Seguros. De esta forma reglamentó el artículo 107 de la Ley XVIII N° 32.

Esa nómina se deberá remitir a la Secretaría General de Gobierno con copia al ISSyS, para verificar y determinar el cumplimiento efectivo de las condiciones para acceder a jubilarse. Incluirá copia del DNI y Certificación de Servicios de cada repartición donde el agente haya trabajado.

Cuando el ISSyS corrobore el cumplimiento de estos recaudos, remitirá informe al empleador y éste notificará al agente que deberá iniciar el trámite de jubilación. El empleado deberá iniciar los trámites jubilatorios dentro de los cinco días hábiles de recibida esta notificación. Iniciado el trámite, el trabajador deberá acreditarlo dentro de los cinco días hábiles ante el Área de Personal, indicando el número de expediente del ISSyS para agregar a su legajo.

Si el empleado se niega o incumple el plazo para iniciar el trámite jubilatorio, se autorizará la declaración de su cesantía sin perjuicio de conservar su derecho jubilatorio, dando inicio al trámite de Jubilación de Oficio.

El decreto 619 se fechó el lunes y se publicó ayer en el Boletín Oficial. La decisión se enmarca en el Plan de Reestructuración del Estado que implementa Fontana 50. “Debido a la difícil situación económica es necesario implementar medidas que integran el Plan dirigidas a reducir el gasto público y optimizar los recursos humanos y económicos disponibles”, fundamenta. El objetivo final es “reactivar la actividad económica provincial”.

El instrumento legal es “consecuencia del complejo escenario por el que atraviesa el Estado y, por lo que ponderando la situación de zozobra creada por las graves circunstancias económicas y financieras que padece, se declaró el estado de emergencia económica, financiera y administrativa”.

“Es de público conocimiento el contexto particular y desfavorable en el que se encuentra inmersa, así como las consecuencias que provoca en la comunidad chubutense, que se ve directamente afectada. Lo que impone la adopción de medidas extraordinarias que coadyuven a una pronta solución de la problemática”.

Según el decreto, ya existen leyes que permitirán adecuar el gasto a través de la disminución de la planta política y de personal, como así también optimizar los recursos suprimiendo “erogaciones que no sean estrictamente necesarias”.

Según define, adoptar estas medidas “implica el compromiso primero de los dirigentes, pero necesariamente de todos los actores de la Administración Pública Provincial”.

“Disminuir la planta”

En este sentido, “existen justificadas razones que motivan disminuir la planta de personal, siendo conducente y oportuna la desvinculación de los agentes que se encuentran en condiciones de acceder a la jubilación ordinaria”. Según el decreto es “cuantioso” el número de estos empleados. “Es oportuno activar con la celeridad que corresponde el trámite jubilatorio de oficio, remitiendo las intimaciones compulsivas para que inicien el proceso respectivo”.

El decreto también advierte que “se convirtió en una práctica celebrar contratos de locación de servicios o de obra con personas jubiladas o retiradas”.

“En muchos casos, se advierte que la vinculación contractual no se sustenta en la especialidad técnica o profesional del contratado o en una necesidad imperiosa, por lo que resulta atinado dejarlos sin efecto”. Las únicas excepciones las autorizará el gobernador Arcioni.

El decreto invita a adherir al Poder Legislativo y Judicial, al Banco del Chubut, a las entidades autárquicas y autofinanciadas, a las Sociedades del Estado, y a todo ente donde el Estado provincial tenga participación total o mayoritaria.

Fuente: Diario Jornada