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El Acuerdo de Escazú, un hito regional

El Acuerdo de Escazú (2018), un tratado de protección ambiental en América Latina y el Caribe, es un hito jurídico para la región, hogar del 60% de la vida terrestre del planeta. El pacto, sin embargo, encontró obstáculos para lograr su ratificación. Su impacto positivo dependerá de un liderazgo político comprometido con la defensa del medio ambiente, los derechos humanos y el multilateralismo.

A partir de 1972, con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano en Estocolmo (Suecia), el medio ambiente y su protección entraron de lleno en la agenda internacional. Sin embargo, en los años siguientes, se dieron algunos avances en cuestiones científicas y técnicas, pero no en el plano político.

 

Con el agravamiento del calentamiento global, la degradación forestal, el agujero de la capa de ozono, las Naciones Unidas (ONU) decidieron establecer la “Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo”.

Luego de cuatro años de trabajo la Comisión llegó a la conclusión (Informe Brundtland , de 1987) de que “el desarrollo sostenible es el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer las suyas”. Esto implicó el inicio de un cambio de paradigma en materia de desarrollo económico, pues se exigía ahora una mejora en la calidad de la vida de todas las personas sin que el uso de los recursos naturales vaya más allá de las posibilidades del planeta.

 

Las conclusiones del Informe Brundtland fueron receptadas por la Asamblea General de la ONU, que convocó a la Conferencia sobre el Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD), o Cumbre para la Tierra, que se celebró en Río de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992.

 

Esta conferencia global reunió a políticos, diplomáticos, científicos, periodistas y representantes de ONGs de 162 países, en un esfuerzo sin precedentes para intentar reconciliar el impacto de las actividades socio-económicas humanas en el medio ambiente y viceversa. Finalmente, se aprobó la “Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo”, con 27 principios que definieron derechos y obligaciones de los Estados sobre el medio ambiente y el desarrollo.

 

El Principio 10 establece que “el mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda” y define distintos niveles: “En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones”.

 

“Los Estados -añade- deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”.

 

Dos décadas después, la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (“Río+20”) reafirmó y robusteció el Principio 10 y el proceso de toma de decisiones ambientales.

 

La situación de América Latina y el Caribe.

 

América Latina y el Caribe atesora una rica diversidad biológica y alberga el 60% de la vida terrestre del planeta, amén de su flora y fauna marina y de agua dulce. Si bien grandes áreas de la región aún se mantienen en un estado natural o seminatural, muchas han sido sustancial y paulatinamente transformadas al servicio de las economías nacionales, regionales y globales.

Según el “Informe sobre la Situación de los Bosques del Mundo” (FAO), sólo entre 1990 y 2015, en América Latina y el Caribe se perdieron 104 millones de hectáreas de bosque natural y se duplicó la superficie de plantaciones forestales. En 2020, Brasil representaba el 12% del total y Perú otro 2%.

 

La superficie forestal como proporción de la superficie total disminuyó del 32,5% al 30,8% en 1990 y 2020: una pérdida neta de 178 millones de hectáreas de bosques, equivalente a Libia. Tres cuartas partes del agua dulce accesible del planeta proviene de cuencas hidrográficas boscosas.

 

Los recursos hídricos también están amenazados en la región. Según datos de la CEPAL, cerca de un cuarto de los tramos de ríos está afectado por contaminación grave. La principal fuente de esta contaminación eran las aguas residuales domésticas provenientes de las alcantarillas y de los residuos de la ganadería y los fertilizantes inorgánicos. En la región andina, la superficie de los glaciares está disminuyendo y varios ya han desaparecido. Así, debido al cambio climático y a la gestión ineficaz, se pierden reservas estratégicas de agua dulce.

 

En América Latina y el Caribe, el cambio climático tiene consecuencias tanto físicas y ambientales como sociales y económicas, porque es una de las principales regiones productoras de alimentos del mundo: mantenerla es fundamental para la seguridad alimentaria global.

 

Si bien la región representa un porcentaje pequeño de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, sus efectos la afectan en gran medida, sobre todo en los estratos más pobres.

 

El impacto negativo de la falta de protección ambiental en la región se observa en la poca productividad, el escaso crecimiento del PIB, la pérdida de biodiversidad y los desastres naturales asociados a la acción humana, según la CEPAL.

 

Pese a todo, la región ha avanzado en la protección de los derechos a un medio ambiente sano, que goza de jerarquía constitucional en un 70% de los estados de América Latina y el Caribe (solo seis aún no cuentan con leyes de acceso a la información pública).

 

Hay también avances en el ámbito judicial. En septiembre de 2020, el Tribunal Supremo de Brasil celebró la primera audiencia pública sobre el cambio climático. Por primera vez, un proceso judicial sobre el medio ambiente llegó al más alto tribunal de Brasil, un hito histórico para el sistema jurídico del país y de la región.

 

La pandemia del COVID-19 parece haber dado una tregua transitoria a la destrucción del ambiente, pero es necesario implementar políticas que eviten que dicha destrucción se acelere cuando la recuperación económica alcance su pico.

 

Un hito fundamental

En marzo de 2018, los Estados de América Latina y el Caribe adoptaron, luego de seis años de negociaciones, el “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”, también conocido como el Acuerdo de Escazú, por la ciudad de Costa Rica donde se firmó.

Este acuerdo se originó como resultado de la Conferencia de Río+20 y la “Decisión de Santiago” adoptada en 2014 por 24 países de la región.

 

El Tratado de Escazú se abrió a la firma de los 33 países de América Latina y el Caribe el 27 de septiembre de 2018 en la sede de la ONU en Nueva York hasta el 26 de septiembre de 2020. Reunió 24 firmas y 9 ratificaciones( Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Cristóbal y Nevis, San Vicente y las Granadinas y Uruguay) de las 11 necesarias para su entrada en vigor, depositadas ante el Secretario General.

 

Si bien la Argentina y México aprobaron el acuerdo aún no han depositado los instrumentos de ratificación en la órbita internacional. A su vez, los Estados que aún no son signatarios pueden convertirse en Partes mediante una adhesión. En septiembre de 2020, Perú y Chile rechazaron ratificarlo tal como está redactado.

 

El de Escazú es el único tratado que ha surgido de Río + 20 y el primero sobre cuestiones ambientales en América Latina y el Caribe. También es el único instrumento internacional vinculante con disposiciones específicas para la promoción y protección de los derechos humanos en materia de medio ambiente.

 

Este tratado persigue tres objetivos fundamentales:

  • garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental;

  • participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales;

  • creación y fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, que contribuyan a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible (artículo 1).

 

Estos objetivos están destinados principalmente a permitir una protección especial de las poblaciones vulnerables y de los defensores de los derechos humanos en materia de medio ambiente; de esta manera el Acuerdo de Escazú busca reforzar el vínculo entre los derechos humanos y la defensa del medio ambiente.

 

Según Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de la CEPAL, “este acuerdo es un instrumento jurídico pionero en materia de protección ambiental, pero también es un tratado de derechos humanos. Se trata de un acuerdo visionario y sin precedentes, alcanzado por y para América Latina y el Caribe, que refleja la ambición, las prioridades y las particularidades de nuestra región”.

 

El tratado define las obligaciones de los Estados Partes que deberán recopilar y poner a disposición del público la información ambiental relevante para sus funciones, de forma sistemática, proactiva y accesible, y actualizarla de forma periódica y desagregada a nivel subnacional y local (artículo 6).

 

A su vez, se establece el derecho de la ciudadanía a participar en la toma de decisiones ambientales, especialmente cuando existan acciones que puedan tener un impacto significativo sobre el ambiente (artículo 7).

 

El artículo 8 establece que los Estados parte deberán establecer en su legislación interna los mecanismos para asegurar el acceso a la justicia en temas ambientales, como la creación de organismos estatales competentes y la definición de procedimientos efectivos, públicos, transparentes e imparciales.

 

El artículo 9 contempla la protección de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales estableciendo que se garantizará un entorno seguro y propicio; se tomarán medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover sus derechos y se tomarán medidas oportunas y efectivas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas e intimidaciones.

 

El Acuerdo de Escazú, lejos de ser un tratado perfecto, proporciona una base importante para fortalecer el estado de derecho en toda la región. Su impacto positivo dependerá de un fortalecimiento de las instituciones, nacionales y regionales, y de un liderazgo político comprometido con la defensa del medio ambiente, los derechos humanos y el multilateralismo.

 

Requerirá un trabajo en conjunto de todos los sectores de la sociedad. Como dice el Papa Francisco en la encíclica Laudato Si, “para salvar la casa común necesitamos una revolución desde abajo hacia arriba”.