Chubut Para Todos

Contra la ley de participación público-privada Por Pino Solanas

Ante una ley como la del régimen de contratación público-privada (PPP), tan irresponsable y contraria al interés nacional, es imposible no preguntarse qué pacto o arreglo oscuro se acordó con el Gobierno para que se la votara el pasado 21 de septiembre, con el apoyo de los dos tercios del Senado. Como ocurre con las normas más tramposas, la sesión pasó inadvertida y hubo una llamativa ausencia del periodismo. El Frente para la Victoria votó dividido y sólo un núcleo reducido se opuso, junto al voto de pocos del peronismo federal, los senadores Jaime Linares, Magdalena Odarda y nosotros. Cuesta creer tanta desinformación y tanto olvido de las estafas que debió asumir el Estado con leyes parecidas, por ser garante de préstamos o créditos externos para proyectos privados. Eran las épocas infames del liberalismo feroz de la dictadura, las creíamos superadas pero no terminaron de morir.

La ley PPP consolida al Estado re-bobo: se endeuda y queda sin defensas ni beneficios, sólo con los daños y las deudas. Nos retrotrae a los viejos proyectos de la subordinación neocolonial. La norma es despiadada, autoritaria: arrasa con el pasado, lejos de mejorar las leyes vigentes, tira abajo toda la legislación anterior desde la gran ley de obra pública de Juan Domingo Perón (de 1947), el decreto de concesión de obra pública y los decretos (del 2000) del Gobierno de Fernando de la Rúa, que promovían el compre nacional y la participación de las pymes. En los Estados Unidos, los dineros del Estado deben usarse 100% al compre nacional y en Brasil, se debe adquirir el 50% de productos brasileros. La ley PPP no exige la participación de las pymes, pero garantiza a las empresas contratistas un mínimo de rentabilidad durante varias décadas.

Por lo tanto, no serán regulados por la ley 13064 de obras públicas (sancionada en el primer gobierno de Juan Domingo Perón y todavía vigente), ni por la ley 17520 de concesión de obras públicas o el decreto 1023/2001 de régimen de contrataciones de la administración nacional (sancionado por el Gobierno de Fernando de la Rúa), siendo esta legislación la que ha regido hasta la fecha los contratos de obras públicas otorgados por el Estado a contratistas privados.

Con esta ley se puede limitar y dañar la industria nacional, porque sirve, por ejemplo, para importar la infraestructura ferroviaria (máquinas, rieles, trenes completos, que antes fabricábamos) desde China, Estados Unidos o la Comunidad Económica Europea. Igualmente pasará con la industria aeronáutica o naval. La ley es funcional a la división del trabajo pensada en los centros del poder para la Argentina: proveedor de materias primas con industria de productos secundarios o armadora de bienes ajenos. En suma, la PPP no servirá para reconstruir las grandes industrias que teníamos, sino para anular la posibilidad de su reconstrucción. No tiene restricciones: quien pide prestado y se endeuda es el Estado, sin control ni autorización del Poder Legislativo.

Como sucede desde hace años, nadie controlará nada y la deuda la deberá pagar la próxima generación. Es una invitación al festín del endeudamiento y la anulación del Congreso como ámbito de debate y control de la deuda, como marca la Constitución.

Se habla de la participación de la Auditoría General de la Nación, pero es una mentira, porque ella sólo actúa después de que las obras o los emprendimientos están realizados y no se le asigna presupuesto para auditar obras e inversiones de una provincia a otra, como sucede en Suecia o Canadá. Recordemos la represa de Yacyretá, “monumento a la corrupción”, hoy la seguimos pagando: costó 12 veces más y las empresas cobraron del ministro Roberto Lavagna 1.800 millones de dólares de reintegro a las exportaciones, porque “la obra se hacía en aguas internacionales”. El negocio fue siempre no acabar las obras en término por discusión de indemnizaciones y actualización de precios.

Las megaobras son siempre un arma peligrosa, tengamos presente el pasado para no repetir los mismos errores. La ley PPP permite la indexación automática del valor de la obra mediante coeficientes nacionales o extranjeros al garantizar “el equilibrio económico financiero original del contrato”. Hoy, el Estado bobo va más lejos: las dos represas de Santa Cruz, sin haberse comenzado, ya duplicaron su presupuesto. La nueva norma está concebida para que el Estado sea quien pague, se endeude y se haga cargo de cualquier contingencia futura, inclusive del pasivo ambiental. Los daños ambientales y su mitigación quedan a cargo del Estado. Una burla a la defensa de la naturaleza, el suelo y el agua, y una invitación a depredar y contaminar.

La ley que acaba de votarse podrá ceder la jurisdicción de sus tribunales naturales en foros de Londres, Nueva York y París. En caso de litigio, podrá acudir al tribunal de arbitrajes del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), cuyas resoluciones son obligatorias, inapelables y definitivas.

Uno de los principales puntos de los contratos PPP es la posibilidad de emitir bonos colocables en los mercados financieros para financiar obras públicas en manos de contratistas privados. Esta misma ingeniería financiera ha tenido nefastas experiencias en toda América: fue la causante del estallido de la burbuja hipotecaria en los Estados Unidos y en México de la quiebra de la mayor empresa constructora (Empresas ICA S. A.), que “defaulteó” una deuda de 3.500 millones de dólares contraída con bonos y contratos PPP, por el retraso de pagos del Estado y dejó en la calle a 13 mil trabajadores.

Un ejemplo en nuestro país fueron los avales otorgados por el Tesoro Nacional al sector privado entre 1976 y 1983 por 6.654 millones de dólares. Entre otras empresas, a Acindar S. A., Papel Prensa S. A. (Clarín-La Nación), Alto Paraná, Celulosa Puerto Piray, Papel de Tucumán y muchas otras. Una significativa parte de esos avales no fue pagada por las empresas y debió hacerse cargo de las deudas el Tesoro Nacional. Ni el Banco de la Nación ni el Banco de Desarrollo iniciaron acciones tendientes al recupero de las sumas pagadas. Ni hablar de los 23 mil millones de dólares de deuda privada asumida por el Estado en 1982 por orden de Domingo Cavallo.

Se permite la indexación automática del valor de la obra mediante coeficientes nacionales o extranjeros al garantizar el “mantenimiento del equilibrio económico financiero original del contrato”.

A pesar de los agoreros, el país tiene los talentos y las capacidades para realizar desde nosotros grandes obras. Hagamos memoria: la refinería de La Plata se construyó en 1925, bajo la dirección de Enrique Mosconi; fue la mayor de América Latina y se hizo sin pedir un dólar prestado afuera. Otro ejemplo de una gran obra construida sin endeudamiento y con tecnología nacional fue el gasoducto Comodoro Rivadavia-Buenos Aires. Fue en ese entonces el más largo del mundo —1.700 kilómetros—, realizado por el ingeniero Jorge Canessa, con tecnología nacional y en menos de dos años (1947-1949).

Con el mito de que no podemos hacerlo porque no tenemos capital ni tecnología, la ley PPP anula la legislación que teníamos para defender la obra pública y el trabajo nacional. Hay que usar créditos externos sólo cuando no haya otra alternativa para obras debatidas debidamente en el Congreso y que sirvan también para hacer crecer nuestra industria. Es de mal intencionados o suicidas endeudarse en dólares o yuanes para obras que podemos hacer en pesos. Por todo esto, invitamos a oponernos al proyecto PPP, tan antinacional y tramposo que agrede al presente y al futuro del país.

@fernandosolanas